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FICHA DE PRODUCTO |
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>100.000€ |
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Hasta 7 años |
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Lista 7ª |
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Lista 6ª |
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Se requiere
justificar utilización fuera de la CE |
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Sociedad - Particular |
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Respuesta aprox.
4 semanas |
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IVA del 6% al 12% |
¿Cómo Funciona?
El leasing náutico italiano es un sistema de
financiación mediante arrendamiento financiero, con Opción
de compra, contratado con una entidad financiera o Banco
Italiano, cuyo titular podrá ser un Particular o una
Sociedad, que permite fraccionar el pago del IVA y de parte
del valor del barco, mediante la aportación de una entrada
de aprox. un 30%.
Si se cumplen determinados requisitos es posible beneficiarse de
una reducción del IVA que se aplica en las cuotas del leasing,
(no en la opción de compra) que varía en función de si el barco
es de Vela o Motor, y de la eslora, pudiendo llegar la reducción
hasta un 6% en los de mayor eslora (> 24 mts).
¿A qué barcos se
puede aplicar el Leasing Italiano?
A cualquier embarcación Nueva, de un valor
mínimo de 100.000.-€ que puede ser comprada en España o de
importación, y destinada a su uso en España y fuera de
España , matriculada en lista 7ª de recreo o en lista 6ª .
Puede ser embarcación.
¿Plazo corto o
Plazo largo?
Los plazos en leasing italiano oscilan entre
un mínimo de 48 meses y un máximo de 84 meses. En algunos
casos se puede llegar hasta los 10 años.
¿y la
Matriculación?
La realizará la gestoría especializada del
banco, en lista 7ª o 6ª, y a nombre de la entidad financiera
como armador-propietario, reflejándose la figura del
arrendatario y la opción de compra en la documentación del
barco. Aunque sea leasing italiano, la bandera será
española.
¿y el Seguro?
Se debe contratar un seguro a todo riesgo,
con cesión de derechos a favor del banco, como una garantía
adicional. La Gestoría del banco se ocupa de su tramitación
y siempre con Compañías de Seguros de primer orden.
¿Qué nos pide el
banco?
Lo habitual para el estudio de una operación
de crédito, en función de si se trata de persona física o
sociedad: Fotocopia del DNI, Declaraciones fiscales, Nóminas
y justificantes de ingresos, Escrituras, Balances, etc.
¿Tipo fijo o
Tipo variable?
Tipo variable en función del Euribor 3 meses + un diferencial.
Además el banco cobrará una comisión de Estudio y tramitación.
Tipo fijo durante todo el contrato, referenciado al IRS en
Italia más un diferencial.
¿Existe algún
requisito para obtener la reducción del IVA?
Este requisito es de carácter Fiscal y se basa en que la
embarcación navege tanto en aguas Europeas o Españolas y fuera
de ellas por encima de las 25 millas y en países No
comunitarios.
En este momento existe un debate en Italia de si es necesario
demostrar o no la utilización y estancia de la embarcación fuera
de la CEE.
Si no se cumple este requisito, se puede financiar pero se
podría aplicar el IVA normal en Italia, que es el 20%.
Igualmente es posible acogerse a un IVA “cero” en el leasing si
siempre se navege fuera de la CEE, o a una combinación entre el
IVA “cero” y el IVA 20% en función de los meses de utilización y
estancia dentro y fuera de Europa.
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