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FICHA DE PRODUCTO |
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>40.000€ |
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Hasta 7 años |
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Lista 7ª |
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Lista 6ª sin exención del 12% |
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Zona mínima de navegación 3 (25 millas) con el equipo de
seguridad correspondiente |
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Sociedad - Particulares |
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Respuesta aprox 4 semanas |
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IVA 9,8% en las cuotas |
¿Cómo Funciona?
El leasing náutico francés es un sistema de
financiación mediante arrendamiento financiero, con Opción
de compra, contratado con un Banco francés, cuyo titular
puede ser ser una Sociedad o un Particular y que permite
fraccionar el pago del IVA y de parte del valor del barco,
mediante la aportación de una entrada de aprox. un 30%.
Si se cumplen determinados requisitos es posible beneficiarse de
un IVA reducido al 9,8% en las cuotas (no en la opción de
compra).
¿A qué barcos se
puede aplicar el Leasing Francés?
A cualquier embarcación Nueva, de un valor
mínimo de 40.000.-€ que puede ser comprada en España o de
importación, y destinada a su uso en España, matriculada en
lista 7ª de recreo. Puede ser embarcación de motor o de
vela.
¿Plazo corto o
Plazo largo?
Los plazos en leasing francés oscilan entre
un mínimo de 3 años y un máximo de 15 años
¿y la
Matriculación?
La realizará la gestoría especializada del
banco, en lista 7ª o 6ª, y a nombre de la entidad financiera
como armador-propietario, reflejándose la figura del
arrendatario y la opción de compra en la documentación del
barco. Aunque sea leasing francés, la bandera será española
¿y el Seguro?
Se debe contratar un seguro a todo riesgo,
con cesión de derechos a favor del banco, como una garantía
adicional. La Gestoría del banco se ocupa de su tramitación
y siempre con Compañías de Seguros de primer orden
¿Qué nos pide el
banco?
Lo habitual para el estudio de una operación
de crédito, en función de si se trata de persona física o
sociedad: Fotocopia del DNI, Declaraciones fiscales, Nóminas
y justificantes de ingresos, Escrituras, Balances, etc
¿Tipo fijo o
Tipo variable?
Tipo variable en función del Euribor + un diferencial. Además el
banco cobrará una comisión de Estudio y tramitación.
Tipo fijo en el caso de algunas entidades en base a un índice
francés.
¿Existe algún
requisito para obtener la reducción del IVA?
Si, normalmente el banco exige que la embarcación sea de mayor
de 7 mts. de eslora de homologación (no la comercial) y además
que la embarcación se matricule en una zona mínima de 25 millas,
ZONA 3, con la consiguiente obligación de comprar y llevar a
bordo una Balsa, Radiobaliza, VHF y resto de equipamiento
homologado obligatorio para ese tipo de navegación.
Este requisito es de carácter Fiscal y es independiente a que el
cliente No desee navegar por encima de las 25 millas. El Forfait
del IVA reducido se basa en la posibilidad de que la embarcación
navegue dentro y fuera de la CE y del límite de las 25 millas.
Al menos el permiso de navegación debe permitir una distancia
suficiente para salir de la CE, aunque hoy por hoy ,no es
obligatorio justificarlo
Si no se cumple este requisito, se puede financiar pero se
aplicará el IVA normal en Francia, cercano al 20%.
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